Endoso de pagarés: cómo realizarlo

Endoso de pagarés: cómo realizarlo

29 ene Endoso de pagarés: cómo realizarlo

Conocemos como endoso de pagarés a la cláusula firmada en un pagaré o documento equivalente. Mediante el endoso, el firmante (tenedor del pagaré o endosante), transmite los derechos derivados del pagaré a un tercero (endosatario).

Características del endoso

Todos los pagarés se pueden endosar, excepto en el caso de los pagarés “no a la orden” o en el de aquellos cuyo endoso se realice después del protesto, o declaración similar por falta de pago (convenientemente sellada por la Cámara de Compensación).

El endoso debe contener la anotación: “Páguese a” señalando el nombre de la persona beneficiaria. Un caso particular es el endoso al portador, conocido también como “endoso en blanco”. En este tipo de documento no aparece el nombre del nuevo beneficiario sino tan sólo la firma en el reverso del endosante. En este caso, el nuevo beneficiario podrá:

  • Endosar a su vez el pagaré a un tercer endosatario.
  • Entregar el pagaré a un tercero sin completar el endoso y sin endosarlo. De esta forma, quedaría al margen de toda obligación cambiaria.

Los pagarés pueden ser endosados a un tercero tanto si fuese obligado cambiario como si no. Si el endoso se hace a favor de un anterior endosante, las partes intervinientes entre uno y otro endoso no tendrían obligaciones cambiarias. Si el endoso se realiza a favor de la persona que firma, la obligación quedará extinguida. Si por el contrario, el endoso se hace a favor del avalista, se podrán requerir responsabilidades cambiarias tanto al avalista como a los anteriores endosantes de la persona avalada.

Para anular un endoso, simplemente se tacha señalando a continuación que el “presente endoso se anula a efectos del art 19 de la LCCH”. El mismo endosante deberá volver a firmar el nuevo endoso.

Los endosantes implicados en un pagaré son obligados cambiarios y deben responder de forma solidaria en caso de impago (siempre que la cadena de endosos no se haya interrumpido o que existan cláusulas que indiquen otra cosa). Por ejemplo, que se especifique: “sin mi consentimiento”, “sin mi responsabilidad”, etc. La ley permite que el endosante se oponga a un nuevo endoso para no tener que responder frente a futuros tenedores del mismo.

Los 10 requisitos para descontar pagarés

Desde Ficomsa, entidad financiera, especializada en descuento de pagarés, te explicamos cuáles son los requisitos necesarios para endosar un pagaré de forma correcta:

  1. Para descontar pagarés es necesario realizar un endoso por el reverso.
  2. Debe contener la palabra pagaré escrita de forma literal en la parte central del documento (no serán válidas otras expresiones como pagará, páguese, etc.).
  3. Debe llevar implícita la promesa de pago de una cantidad de dinero, expresada en números o letras.
  4. Tiene que señalar la fecha de vencimiento o de abono del pagaré. Aunque existen distintas modalidades de pago, generalmente se pone una fecha ficha escrita en el documento con números o letras.
  5. En el documento se ha de señalar el lugar de pago. Generalmente los pagos se domicilian en alguna cuenta del firmante.
  6. En el pagaré se ha de designar un tomador. Es decir, la persona o sociedad beneficiaria. No se aceptan los pagarés al portador.
  7. En el pagaré se ha de hacer constar el lugar y fecha de emisión del pagaré. Si falta uno de estos datos, será nulo. Si no figura ningún lugar de emisión, se puede tomar por tal el que aparezca junto al nombre del emisor del pagaré.
  8. Es obligatorio que aparezca la firma del emisor del pagaré. Por lo general, aún se exige que la firma sea original y manuscrita.
  9. Si el emisor del pagaré es una sociedad, la persona que lo firme en nombre de la misma, deberá hacer constar el nombre de la empresa, bien sea estampando el sello de la entidad o antefirma de la empresa junto a la suya propia. Este requisito tiene como finalidad que la entidad que quede obligada al pago sea la mercantil y no la persona física firmante.
  10. No hay un modelo homologado de pagaré. Por ello, se considerará como tal, cualquier documento que tenga los requisitos anteriormente enumerados.

Ficomsa: Descuento de pagarés

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